Menores marroquíes

Con ocasión de la avalancha de más de 8.000 personas que se introdujeron en la ciudad de Ceuta los días 17 y 18 del mes de mayo, más de un millar de menores marroquíes permanecen en suelo español cuando lo lógico sería que hubieran sido ya devueltos a su país de origen. Como ha señalado en un brillante artículo titulado "La invasión de Ceuta y la devolución de los menores" el catedrático de Derecho penal Don Gonzalo Quintero ha escrito que "El Ministro del Interior ha sido la bestia negra elegida por Podemos y una serie de organizaciones, aquejadas de un rampante buenismo extrajurídico, según las cuales, con los matices que se quiera, esas devoluciones son poco menos que imposibles, porque –así se afirma sin prueba que valga– los menores huyen de situaciones de miedo, explotación laboral o sexual o de guerra, lo que obliga a descartar las devoluciones y a considerar prevaricador a quien adopte la decisión injusta de devolverlos a sus países. Nada se dice de los muchos que han vuelto voluntariamente o que declaran que no huyen de nada, salvo de la pobreza, y que su sueño es llegar a Francia."

La disposición final primera de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad ciudadana. (LO 4/2015, de 30 de marzo) añadió una adicional décima a la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, con la siguiente redacción: "Régimen especial de Ceuta y Melilla.

1. Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España.

2. En todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte.

3. Las solicitudes de protección internacional se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional".

Por otra parte, el Convenio entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre Asistencia judicial, Reconocimiento y Ejecución de Resoluciones judiciales en materia de Derecho de Custodia y Derecho de Visita y Devolución de Menores, firmado en Madrid el 30 de mayo de 1997 expresamente declara que su finalidad es asegurar la mejor protección de los menores a fin de que no sean desplazados ni retenidos ilegalmente y mantener relaciones armoniosas y regulares con sus padres.

En vista de lo anterior el Dr. Quintero afirma en su artículo que "contra lo proclamado por sus “compañeros de Gobierno”, el Ministro del Interior no ha cometido las prevaricaciones que tan ardorosamente le imputan ... no olvidemos el contexto en el que se ha producido este conflicto, que no tiene nada que ver ni con la inmigración ni con el control de las fronteras –problemas de enorme importancia que continuarán estando presentes–, sino con malas artes marroquíes".

Una vez más nos tropezamos con tres problemas recurrentes en la vida cotidiana de España: el del excesivo uso de papel de fumar, el del buenismo simplista de muchas instituciones y el de esas organizaciones no gubernamentales a la hora de asumir responsabilidades pero gubernamentales a la de recibir subvenciones. Frente a esos tres problemas brilla por su ausencia el sentido común.


P.S. Véase "Sin ánimo de lucro" en este blog utilizando la lupa para localizarlo.

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