La calidad de nuestra legislación
No es la primera vez que señalo en este blog la pésima calidad de nuestras normas jurídicas de un tiempo a esta parte: referencias a otras derogadas o inexistentes, modificación de una misma norma por dos distintas de idéntico contenido, exposiciones de motivos que no son tales por cuanto se limitan a glosar el contenido del texto de la norma, correcciones de errores que tampoco son tales sino más bien alteraciones del texto original, etc. etc.
También he señalado el uso abusivo de la figura del Real Decreto-Ley: mientras sólo se promulgaron 3 en 2019, la cifra aumentó a 38 en 2020, bajó a 29 (!) en 2021 y ya son once en lo que va de año. Creo recordar que Carmen Calvo teorizó (?) en su día sobre el abuso del PP del recurso a los reales decretos-Ley.
Pero lo anterior no es nada con lo que se ha perpetrado hoy: se ha publicado en el Boletín oficial del Estado la Ley Orgánica complementaria de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. (LO 5/2022, de 28 de junio, BOE del 29/06/2022).
Como ya llama la atención que una ley orgánica sea "complementaria" (?) de una de telecomunicaciones (?), la explicación hay que hallarla en su preámbulo: "La Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Congreso de los Diputados aprobó el Dictamen del Proyecto de Ley General de Telecomunicaciones, con la introducción de una disposición final primera de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Al tratarse de una modificación de carácter orgánico procedía su desglose respecto del conjunto del texto del Proyecto de Ley de carácter ordinario, y en consecuencia, el Pleno de la Cámara, en su sesión de 9 de junio de 2022, aprobó dicho desglose del que resulta la presente ley orgánica complementaria de la Ley General de Telecomunicaciones, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial".
Aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, se utiliza una ley de comunicaciones para modificar la ley orgánica del poder judicial. La verdad es que no paramos de mejorar.
La ominosa dictadura En 1972, dos o tres meses después de domiciliarme en Noruega y cuando ya podía comunicarme mal que bien en su lengua, unos amigos nativos de aquel país me preguntaron de buena fe cuán libre me sentía en el suyo tras haber abandonado la dictadura que regía en el mío. Para su sorpresa, les tuve que contestar que "menos libre que nunca" y traté de explicarles la diferencia que hay entre libertad política y libertad social. Hoy opinan lo mismo intelectuales que en la década de los cincuenta visitaron involuntariamente algunas cárceles españolas, cuyas instalaciones distaban mucho de los confortables balnearios en las que hoy se han convertido. No les negué que en la España de entonces no hubiera libertad que permitiera elegir a los dirigentes políticos, pero afirmé que, a excepción de lo anterior, en España uno podía hacer lo que quisiera sin más restricciones que las derivadas de las reglas elementales de convivencia, de manera que mientras en Oslo sól
Lo grave es el contenido, y nada dices del uso de Decretos que no pasan por el Congreso
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