Estamos de enhorabuena


Estamos de enhorabuena; aunque los precios y los termómetros suban provocando sequía y cada vez sean más los españoles que engrosan el índice de miseria hasta convertir a nuestro país en el que lidera el índice de la miseria del mundo desarrollado y aunque nuestro PIB per capita siga disminuyendo, nuestra vida cotidiana ha dado desde hoy un giro positivo que aumentará nuestra felicidad hasta extremos insospechados y es que precisamente hoy se ha publicado en el "Boletín oficial del Estado" el Real Decreto por el que se establecen Medidas para el Control del Bienestar de los Animales en los Mataderos mediante la Instalación de Sistemas de Videovigilancia. Hay, sin embargo, un pero que retrasará nuestro acceso a tanta felicidad y es que su disposición final tercera establece que el Real Decreto sólo entrará en vigor "un año después de su publicación oficial. No obstante, será de aplicación para los pequeños mataderos a los dos años de su publicación oficial." ¡Vaya por Dios! Aún nos queda un año de angustia (o dos, según se vea).


La última reforma del Código civil introdujo un nuevo artículo 333 bis que establece que "Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad". A su vez la Ley para el Cuidado de los Animales, en su Explotación, Transporte, Experimentación y Sacrificio (Ley 32/2007, de 7 de noviembre) preceptúa en su artículo cuarto que "Las Administraciones Públicas adoptarán las medidas necesarias para asegurar que, en las explotaciones, los animales no padezcan dolores, sufrimientos o daños inútiles. Para ello, se tendrán en cuenta su especie y grado de desarrollo, adaptación y domesticación, así como sus necesidades fisiológicas y etológicas de acuerdo con la experiencia adquirida, los conocimientos científicos y la normativa comunitaria y nacional de aplicación en cada caso."


A propósito de la normativa comunitaria, el artículo 13 del TFUE (Tratado de funcionamiento de la Unión Europe) preceptúa que "los Estados miembros tendrán plenamente en cuenta las exigencias en materia de bienestar de los animales, como seres sensibles, respetando al mismo tiempo las disposiciones legales o administrativas y las costumbres de los Estados miembros relativas, en particular, a ritos religiosos, tradiciones culturales y patrimonio regional." Supongo que la alusión a "ritos religiosos" es para avalar los crueles ritos religiosos de los cada vez más musulmanes que parasitan la Unión. Tales individuos tienen en cuenta los preceptos del "halal" o "práctica permisible". La Sura 3:5 del Corán establece que "Se os prohíbe la carne del animal muerto por causa natural, la sangre, la carne de cerdo, la del animal que haya sido sacrificado en nombre de otro que Allah, la del que haya muerto por asfixia, golpe, caída, cornada o devorado por una fiera, a menos que lo degolléis." El sacrificio del animal se debe realizar mediante una rápida incisión con una cuchilla afilada en la garganta, cortando la vena yugular y la arteria carótida, pero dejando intacta la espina dorsal. El objetivo de esta técnica es conseguir un mayor drenaje de la sangre, consiguiendo una mayor higiene en la carne, y minimizando el dolor y la agonía del animal.


Hay que suponer que los locales en los que se practique tan humanitaria técnica estarán exentos de instalar cámaras de videovigilancia.


Me cuentan que un vecino de Jaén ha sido multado por remover unas piedras porque obrando así "interfirió injustamente en el hábitat natural de los alacranes". Otro ha sido condenado a pena de cárcel por recoger manzanilla y a otro le ha sido prohibido desbrozar los cándalos y hierbajos de los cortafuegos de su finca particular para ""evitar que destruya jara autóctona",


Como he señalado en más de una ocasión citando a De Quincey, se empieza asesinando y se acaba omitiendo las reglas de urbanidad. También Tocqueville nos previno: "desde que el pasado ha dejado de iluminar el futuro, la mente humana vaga entre las sombras".


Vamos mejorando constante y alegremente hacia nuestra extinción como animales racionales.

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