Sobre el tribunal constitucional


El catedrático de derecho procesal Don Julio Banacloche publicó ayer una importante tercera en ABC denunciando que el tribunal constitucional no cumple sus propias normas de funcionamiento. Así, en el recurso de inconstitucionalidad, la LO 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional establece en su artículo 34.2 que "2. La personación y la formulación de alegaciones deberán hacerse en el plazo de quince días, transcurrido el cual el Tribunal dictará sentencia en el de diez, salvo que, mediante resolución motivada, el propio Tribunal estime necesario un plazo más amplio que, en ningún caso, podrá exceder de treinta días.". En el caso de las cuestiones promovidas por jueces y tribunales el artículo 37.3 preceptúa que "3. … el Tribunal dictará sentencia en el plazo de quince días, salvo que estime necesario, mediante resolución motivada, un plazo más amplio, que no podrá exceder de treinta días. (Número renumerado por LO 6/2007, de 24 de mayo; antes 2)." 


A la vista de lo anterior, resulta escandaloso que el tribunal lleve nada menos que once años sin resolver el recurso de inconstitucionalidad contra la LO 2/2010, de Salud sexual y reproductiva y de la Interrupción voluntaria del Embarazo. Como señala el catedrático, durante este dilatado periodo de tiempo se ha llevado a cabo más de un millón de abortos al amparo de dicha ley; es evidente que la clase política aprovecha esta anomalía para impulsar legislación que contradice resoluciones del tribunal constitucional, como ha ocurrido recientemente con la llamada Ley Celaá, que insiste en negar financiación a los centros de educación diferenciada pese a que una sentencia del Tribunal constitucional de 2018 estableciera que tales colegios "podrán acceder al sistema de financiación pública en condiciones de igualdad con los demás centros educativos".


Ayer, el tribunal constitucional alemán admitió a trámite un recurso planteado por más de 2.000 ciudadanos contra la ratificación por parte de la República federal alemana de los fondos europeos de recuperación. Si el tribunal de Karlsruhe siguiera la praxis del nuestro y tardara no ya once, sino un solo año en resolver, se generaría una situación peligrosa, pero conociendo su solvencia es de esperar que apenas demore unas semanas su resolución.

Comentarios

  1. Una buena solución quizás fuera penalizar a las instituciones que no cumplieran siquiera sus normas de funcionamiento. Si los magistrados constitucionalistas no cumplen sus plazos, deberían retenérseles sus emolumentos hasta que se pusieran al día, digo yo... que siempre sería menos humillante que ponerles de rodillas cara a la pared con los brazos en cruz, que es lo que se merecen. Me alegro que se haya hecho eco del magnífico artículo de D. Julio.

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