Más sobre menores marroquíes


Releyendo el manual de Derecho internacional del profesor Pastor Ridruejo confirmo sin lugar a dudas que no hay norma de Derecho internacional general que obligue a los Estados a admitir en su territorio a ciudadanos de otros Estados, ya que la admisión de extranjeros es cuestión que entra dentro de su competencia discrecional. Asimismo, ninguna norma de derecho internacional prohíbe la expulsión de extranjeros del territorio de un Estado ateniéndose a las disposiciones de su legislación interna. El artículo 13 del pacto de Naciones Unidas sobre derechos civiles y políticos establece que "el extranjero que se encuentra legalmente en el territorio de un Estado parte del presente pacto sólo podrá ser expulsado en cumplimiento de una decisión adoptada conforme a la ley". Obsérvese el adverbio "legalmente" porque, a sensu contrario, se deduce que sí puede operar la mencionada discrecionalidad.  

Todo lo anterior induce a pensar que el principal obstáculo para preservar nuestra soberanía e integridad territorial, que es una de las competencias clásicas del Estado sancionada por el Derecho internacional, radica en nuestra propia legislación. La pomposa Ley orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, LO 4/2000, de 11 de enero, no incluye la palabra "obligaciones" en su enunciado y ha sido parcheadla en numerosísimas ocasiones, lo que da idea de la imperfección técnica de su redacción original.

Nadie emigra sin un incentivo, como señaló perspicazmente Hans Magnus Enzensberger, de manera que el mejor método de poner fin a la entrada ilegal de extranjeros es el desincentivador que viene utilizando Australia mediante un confinamiento extraterritorial al que sólo puede poner fin el regreso voluntario del potencial inmigrante a su país de origen. Los resultados de este método han sido concluyentes: de 300.000 entradas ilegales antes de adoptarse la medida se ha pasado a cero entradas, lo que no es de extrañar si se tiene en cuenta que el inmigrante ilegal sabe que no tendrá la menor posibilidad de alcanzar su objetivo fraudulento.

Por lo que respecta al caso de los menores marroquíes que invadieron territorio español en Ceuta a instancias de sus propias autoridades, ahora va a resultar que priman sus "derechos" sobre el hecho de haber invadido  territorio extranjero, lo que confirma del aserto de Nietzsche según el cual sólo los bárbaros saben defenderse.

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