Ministra que calumnia


Cuando un miembro o miembra o miembre de un Gobierno acusa de prevaricación al Tribunal Supremo de su país y ni su Presidente la cesa fulminantemente ni el Fiscal general del Estado se querella contra él o ella por calumnias por escrito y con publicidad o por el más descafeinado de desacato del artículo 504 del Código penal, es evidente que semejante anomalía revela un déficit democrático alarmante, aunque, todo hay que decirlo, si se tiene en cuenta la categoría moral del presidente felón que nos desgobierna y la de la Fiscal general del Estado del "éxito garantizado" de prácticas mafiosas, no debe extrañar, porque se trata de un intento más de ningunear al Poder judicial que con tanto empeño pretenden neutralizar a través de su control.


Ha sido el Foro Libertad y Alternativa el que ha presentado una querella contra la Ministra de Asuntos Sociales, Ione Belarra, por sus declaraciones calumniosas contra el Tribunal Supremo. Aunque el delito de calumnia requiere querella del particular ofendido, "se procederá de oficio cuando la ofensa se dirija contra funcionario público, autoridad o agente de la misma sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos" (artículo 215 del Código penal). La lectura de ese artículo hace que surja la pregunta de por qué la Fiscalía no ha actuado ya de oficio: tal vez porque considere que en el caso concurre la llamada exceptio veritatis: "el acusado de delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que tuviera imputado" (artículo 207 del Código penal), lo que sería aún más grave que su vergonzosa pasividad.


El desacato es un delito de desobediencia o falta de respeto hacia un tribunal de justicia y sus funcionarios en forma de comportamientos que se opongan o desafíen la autoridad, la justicia y la dignidad de un tribunal, un delito que es gravísimo en el mundo anglosajón. El artículo 504 de nuestro Código penal apenas establece que "incurrirán en la pena de multa de doce a dieciocho meses (!) los que calumnien, injurien o amenacen gravemente al Gobierno de la Nación, al Consejo General del Poder Judicial, al Tribunal Constitucional, al Tribunal Supremo o al Consejo de Gobierno o al Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma". Tampoco parece que la Fiscalía considere oportuno aplicar este artículo a la ministra calumniadora y ello por razones que no cuesta trabajo comprender dada la degradación moral a la que se ha sometido mansamente.


Hace algún tiempo que vengo advirtiendo de la extrema peligrosidad de la situación política y social que ha generado el ansia de poder destructor de un individuo intelectual y moralmente indigente que, si consigue controlar el poder judicial, como es su propósito, no dudará en desmantelar lo que queda de esa pseudodemocracia agonizante que se está revelando cada vez más letal para nuestro país. 

    Mientras tanto, lamento comunicar que sigo echando de menos algún signo de vitalidad en la más alta magistratura de la Nación, hoy reducida a un mínimo papel simbólico y ceremonial apenas relevante.

Comentarios

  1. El art. 262 LECRIM "obliga" (norma imperativa) a quienes por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, a denunciar inmediatamente al ministerio fiscal o al tribunal o juzgado competente. El hecho es flagrante, público y notorio.
    En otro orden, echo en falta una manifestación masiva en pro de que el Rey Juan Carlos esté en su país y le sea reconocido tanto, ampliando su objeto a evidenciar que la Jefatura del Estado, que encarna el Rey Felipe, está secuestrada, sin posibilidad de movimiento alguno, discriminando el que su predecesor utilizaba en beneficio de España.
    Seguidamente, otra debería pugnar por el destierro real y efectivo de quienes no actúan por y para todos los españoles.
    Y, rematemos, qué suma en los presupuestos estatal, de las comunidades autónomas, de los ayuntamientos, y cuanto los tres fomentan para contratar personal y tenerlo cobrando directa o indirectamente de los erarios públicos?
    Y ahora, a devolver los recaudado por multas con motivos de transgresiones en el mal llamado estado de alarma, quien: Los españoles que son quienes ponen el dinero; pero, por qué no se repercute a los causantes de los desatinos para que lo soporten personalmente?


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