Legalidad y fraude


Esta mañana he ido a la oficina de correos del pueblo a depositar mi voto por correo. Cuando solicité votar por correspondencia se me exigió el DNI; también cuando el cartero me entregó un voluminoso sobre con mi certificado de inscripción, papeletas y sobres; sin embargo, esta mañana, al entregar el sobre con el certificado y mis papeletas de voto no se me ha exigido acreditar mi identidad. Lo he señalado a la funcionaria de Correos y me ha dicho, con razón, que "así lo establece la ley". Efectivamente, el artículo 73.3 de la Ley orgánica de régimen electoral general establece que "Una vez que el elector haya escogido o, en su caso, rellenado la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará. Si son varias las elecciones convocadas, deberá proceder del mismo modo para cada una de ellas. Incluirá el sobre o sobres de votación y el certificado en el sobre dirigido a la Mesa y lo remitirá por correo certificado. Este sobre no necesita franqueo".


Visto lo anterior, es inútil decir que la regulación del voto por correo es una chapuza legislativa de las muchas que venimos padeciendo desde hace años, puesto que posibilita que quien solicite y reciba la documentación para votar por correo, identificándose en ambos casos, entregue dicha documentación a un tercero para que vote libremente en nombre del receptor de la documentación y la entregue sin necesidad de identificarse.


Lo mismo que a mí le ha sucedido a don Andrés Sánchez, notario de Arroyo de la Luz, quien ha difundido un texto en las redes sociales en que puede leerse que "lo sucedido es fiel reflejo de la falta de democracia de la República bananera en la que que estos impresentables que nos gobiernan han convertido España y de que si no hacemos algo ya, acabaremos en una dictadura republicana comunista sin ideología, salvo la narcisista de los dirigentes gobernantes y en la que cualquier principio es inexistente ... Momentos más tarde, otra persona, mientras yo seguía en el fragor de la discusión, acude a la misma oficina, al funcionario contiguo y entrega siete papeletas de voto por correo sin que nadie le pida identificación de clase alguna. Continuó mi protesta, más airada si cabe, saliendo en este caso el director de la oficina manifestando que al recogerlas se actúa conforme a la legalidad con independencia de la persona que entregue el voto". 


Lo sucedido en Melilla es pues "conforme a la legalidad" y el partido que ha urdido el fraude ya ha anunciado que, al haberse exigido la presentación del DNI a la hora de votar por correo, se ha vulnerado la legalidad e impugnará el resultado de las elecciones.


No es el único caso en el que la "legalidad" protege a quien la vulnera amparado en el texto de una norma, como sucede con el fenómeno de los llamados "okupas", lo que confirma la tesis que algunos defienden según la cual la "democracia" legaliza la injusticia basándose en "la voluntad de la mayoría".

Comentarios

  1. Sólo cabe que la Junta electoral declare nulos los votos por correo. Pero me pregunto, cómo se hacía antes de Pedro Sánchez? Yo creo recordar que un año que voté por correo, hace muchos años, tuve que enseñar el DNI al presentar los sobres...

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  2. Claro que el Pumpido cándido ya se ocupará de declarar legales esos votos...

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