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Un derecho poco conocido El Tribunal Supremo ha fijado doctrina para recordar a la Administración que los ciudadanos no tienen obligación de aportar documentos que ya obran en su poder y que esta prerrogativa está fijada por la ley. Así lo establece en una sentencia dictada el pasado 12 de enero por su Sala de lo Contencioso-Administrativo, que añade que deben ser los propios gestores públicos los que reclamen los datos al departamento que corresponda por vía telemática.  La resolución, de la que ha sido ponente la magistrada Inés Huerta, fija jurisprudencia sobre el alcance del deber de colaboración entre las administraciones públicas. Lo hace recordando la vigencia de un artículo de la ley de procedimiento de 2015, concretamente el 28.2, que señala que "salvo oposición expresa del interesado, no puede ser requerido a la aportación de documentos en los que funda la solicitud, cuando éstos obran ya en poder de las Administraciones o han sido elaborados por ellas". La re...
  UN CASO CONCRETO, CON NOMBRES Y APELLIDOS, SOBRE EL DETERIORO DE NUESTRA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Todos sabemos lo difícil que es ganar un “recurso de reposición” . Decide la misma Autoridad que nos denegó lo requerido. Y, sin embargo, todos sabemos también que es una buena vía, rápida y expedita, para superar errores de la Administración que pueden causar graves daños al administrado, que, de otra manera, tendría que plantear un “recurso contencioso-administrativo” ante los Tribunales de Justicia, de larga y costosa tramitación.   En mi experiencia, he comprobado que la denegación, -habitualmente esquemática por no decir estereotipada-, responde casi siempre al insuficiente, y a veces nulo, estudio del recurso presentado, que, sin embargo, suele aportar elementos o fundamentos nuevos sobre el caso. Da la impresión de que el órgano decisorio está diciéndose: “si no le gusta mi resolución del recurso, que acuda a lo contencioso, ya tendremos allí para defendernos a los Abo...
  Dos grandes pensadores liberales https://www.eldebate.com/opinion/tribuna/20230202/dos-grandes-pensadores-liberales_90459.html
Publicado en elLiberal.cat el 25 de enero de 2023. El independentismo y la manipulación de la Historia Gonzalo Quintero Olivares (*) En el ideario formal u ornamental de ERC figura la extensión de su área territorial política a lo que por algunos se ha venido llamando los Països Catalans, que básicamente incluyen, además de Cataluña, Valencia, Baleares, la Franja catalanoparlante de Aragón, y los territorios franceses del Rosellón, el Vallespir y parte de la Cerdaña, que unos llaman “Cataluña francesa” y otros directamente, “Catalunya Nord”. El grado de aceptación del independentismo en cada uno de esos territorios diferentes de Cataluña es dispar, pero oscila entre la mínima expresión y la irrelevancia. ERC está constituida en la Cataluña francesa, pero su presencia no se traduce en cargos públicos relevantes. Sea como fuere, con motivo del encuentro franco-español de Barcelona, el Presidente de la Generalitat, luego de su descortés abandono de la reunión, tiró de micrófono y reiteró ...
PETICIÓN de los fabricantes de candelas, velas, lámparas, candeleros, faroles, apagavelas, apagadores y productores de sebo, aceite, resina, alcohol y generalmente de todo lo que concierne al alumbrado A los señores miembros de la Cámara de Diputados Señores: Van Ustedes bien encaminados. Rechazan las teorías abstractas; la abundancia y la baratura les impresionan poco. Se preocupan sobre todo por la suerte del productor. Ustedes quieren liberarle de la competencia exterior; en una palabra, Ustedes quieren reservar el mercado nacional al trabajo nacional. Venimos a ofrecerles a Ustedes una maravillosa ocasión para aplicar su ... ¿Cómo diríamos? ¿Su teoría? No, nada más engañoso que la teoría. ¿Su doctrina? ¿Su sistema? ¿Su principio? Pero Ustedes no aprecian las doctrinas, tienen horror a los sistemas y, en cuanto a los principios, declaran que no existen en economía social; diremos por tanto su práctica, su práctica sin teoría ni principios. Sufrimos la intolerable competencia de un r...
DAVOS, EL GRAN ENEMIGO DE LA LIBERTAD La reunión anual del Foro Económico Mundial (WEF) se parece cada vez más a la alfombra roja de Cannes, pero tras la apariencia de una feria de vanidades en la que cada uno ayuda al otro a sujetarse la careta resulta indudable que Davos tiene una inquietante agenda de poder global. Fernando del Pino Calvo-Sotelo 20 de enero de 2023 La reunión anual del Foro Económico Mundial (WEF) se parece cada vez más a la alfombra roja de Cannes, pero tras la apariencia de una feria de vanidades en la que cada uno ayuda al otro a sujetarse la careta resulta indudable que Davos tiene una inquietante agenda de poder global. El formato del evento está diseñado para impresionar, aunque en realidad se trata de una obra de teatro con cinco tipos de personajes: las estrellas, las comparsas, los periodistas, las caras visibles de la organización y, finalmente, el poder globalista en la sombra, del que el WEF es uno de sus principales instrumentos. Los personajes de la ob...
Más sobre el auto del magistrado Llarena El catedrático de derecho penal don Gonzalo Quintero Olivares ha tenido la amabilidad de comunicarme algunas reflexiones en relación con el artículo que publiqué hace unos días en El Debate que reproduzco a continuación: La tipicidad de la sedición necesitaba una reforma y eso es asumido por todos los especialistas. Era un tipo con demasiadas vaguedades que provocaban dudas en la interpretación. Además, castigaba con la misma pena hechos que podían tener una gravedad muy diferente.  Otro error tradicional era considerar que la sedición era una “rebelión en pequeño”, con lo cual se aumentaba la confusión, ante todo porque la rebelión es un delito contra la Constitución mientras que la sedición era un delito contra el orden público, porque así lo decidió el legislador español desde 1870, a pesar de que en la misma descripción del delito se podía apreciar el error: los modos de actuar (algaradas callejera, con mayor o menor violencia, ocupación...